Amparo contra el Decreto Presidencial que prohíbe la circulación y comercialización de vapers, cigarros electrónicos y similares en toda la República Mexicana

El pasado 31 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto Presidencial que prohíbe la comercialización y circulación en todo el territorio nacional de sistemas electrónicos de administración de nicotina, vaporizadores, vapers, cigarros electrónicos o similares.
Esta prohibición entró en vigor a partir del 1 de junio. La pena para todos aquellos que infrinjan esta prohibición, mediante la venta o cualquier tipo de fabricación, importación, comercialización o distribución de cualquiera de estos productos, es una multa de hasta $50,000.00 en términos de la Ley General de Salud, más el decomiso de todos los bienes correspondientes, la clausura en su caso del establecimiento mercantil, y en algunos casos, arresto hasta por 36 horas.
Este decreto es totalmente inconstitucional, pues en primer lugar ni el presidente de la República (ni tampoco ningún otro funcionario público) tiene facultad para emitir decretos que impongan este tipo de restricciones generales a los particulares en México, y, en segundo lugar, este decreto atenta flagrantemente contra las garantías y las libertades de libre comercio que la Constitución nos otorga a todas las personas.
impongan este tipo de restricciones generales a los particulares en México, y, en segundo lugar, este decreto atenta flagrantemente contra las garantías y las libertades de libre comercio que la Constitución nos otorga a todas las personas.
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